Reglamento del personal
1º Presentarse 5 minutos antes de la hora de entrada a sus labores.
2º Firmar y checar el registro de entrada y salida de sus labores.
3º Llevar al salón de clases, laboratorio y/o a la actividad práctica de los talleres todo el material didáctico necesario: Lista de asistencia (registro de Evaluación), borradores, gises, marcador de pizarrón blanco, reglas, mapas, láminas, videos, revistas, periódicos, palas, picos, azadones, velos, ahumadores, espátulas, etc., según corresponda, con la finalidad de no mandar por ellas dentro del tiempo de clases o de las prácticas.
4º Pasar lista de asistencia al iniciar las labores.
5º Por ningún motivo el maestro deberá ausentarse de su salón o del taller, salvo llamado de la Dirección del plantel.
6º El maestro no deberá atender asuntos particulares dentro del tiempo que dure su clase.
7º El maestro que haya terminado sus actividades antes del toque de salida deberá mantenerse en el salón o en el taller con sus alumnos, ocupándose de hacer reafirmaciones, dejar en orden y limpio el material o herramientas empleadas, etc.
8º La entrada a labores y a los salones de clase, será puntual como lo señala su horario, debiendo optimizar sus tiempos, los profesores que tienen horas de FC y de SERVICIO (COMISIONADAS) en la escuela; DEBERÁN cumplir con sus módulos de acuerdo a su horario personal reportando mensualmente a la Subdirección de la escuela las actividades reales realizadas en ese tiempo, y firmando el libro de asistencia.
9º Los profesores deben hacer una adecuada planeación, de acuerdo a ella preparar con la debida anticipación el material didáctico, pruebas, objetivos programáticos, etc., que vayan a utilizar en cada sesión.
10º El trato del maestro – alumno será de acercamiento, con respecto a la personalidad del alumno, tratando en todo momento de orientarlo y mantener con él un diálogo que lo estimule a trabajar en equipo.
11º Queda estrictamente prohibido imponer sanción alguna, el sacar alumnos de su clase, en caso de alguna indisciplina grave, reportarla a prefectura y a trabajo social.
12º La disciplina del grupo se mantiene con el interés y la motivación que el profesor ponga en sus clases.
13º Las tareas de investigación y reafirmación de objetivos no podrán ser objeto de sanción.
14º Los docentes deberán registrar las inasistencias de sus alumnos, en cada uno de sus módulos así como realizar la evaluación continua y sistemática como lo establece el acuerdo Nº 200.
15º En caso de faltar a sus labores, por causa de fuerza mayor, deberá notificarlo de manera oportuna a la Subdirección de la escuela.
16º En el caso de enfermedad, deberá presentar su incapacidad debidamente expedida por el ISSSTE, en original y tres copias, anexando copia del talón de cheque, dentro del término de 24 horas posteriores a la expedición.
17º Todo el personal docente, administrativo o manual, podrá gozar de licencia económica hasta por 9 días en el año escolar, repartidos en tres periodos de tres días, pero con intervalos entre una y otra de un mes natural y sin que anteceda o suceda un día festivo marcado por el calendario escolar o de vacaciones autorizadas.
18º Las licencias por periodos largos, sean por enfermedad (con sueldo) o por otras causas (sin sueldo) se concederá como lo marca la normativa vigente.
19º Las visitas de estudio o de observación que se programen en la planeación didáctica, a los lugares de la localidad o fuera de ella: como viaje de estudio solo se autorizarán por la Dirección de la escuela, previo análisis del itinerario correspondiente, el cual presentará, quince días antes y visto bueno de la CORDE, así como la firma de conocimiento y aceptación del padre de familia (permiso).
20º Antes de entrar a clases el profesor debe preparar su ficha de planeamiento didáctico, para evitar la indisciplina de los alumnos. Toda actividad debe planearse para no ocasionar desorden en la escuela.
21º La entrega de Documentación Técnico - Pedagógica se llevará acabo en tiempo y forma, de acuerdo al calendario establecido, de no hacerlo se hará acreedor a una sanción por escrito.
22º Todo el personal docente, administrativo y manual, tiene la obligación de concurrir al homenaje a la Bandera los lunes de cada semana y días festivos. Así como también de estar presente en las ceremonias cívicas y sociales en la que participe la escuela. Deberá también cumplir con las comisiones que le sean asignadas, la falta a ellas será motivo de sanción.
23º El personal de la escuela está obligado a asistir a todas las reuniones convocadas por la Dirección y/o Supervisión.
24º Los maestros de Laboratorios y Talleres, así como los alumnos, se presentarán a realizar sus actividades con su bata y equipo de trabajo.
25º No podrán los maestros retirar de pagaduría sus cheques de sueldo en forma privada, siendo obligatorio que lo hagan por conducto del Habilitado de la Institución o conforme al reglamento vigente.
26º Los maestro no podrán utilizar las máquinas, implementos, útiles y demás pertenencias de la escuela para uso particular, ni otorgarlas en calidad de préstamo a ninguna otra persona.
27º La presentación personal del maestro estará acorde con la dignidad de su cargo.
28º No podrán los maestros cambiar sus horarios de clases, ni alterar el tiempo destinados a sus labores sin la previa autorización de la Dirección del plantel.
29º Cuidarán los maestros de la limpieza del salón de clases, cerrado de ventilas, buen uso del mobiliario, así como de la entrada y salida de los alumnos del salón de clase, para que lo hagan en forma ordenada.
30º Toda gestión oficial que el mismo maestro haga ante la Dirección del plantel, deberá hacerlo por escrito.
31º El profesor observará conducta decorosa e intachable dentro y fuera del plantel.
32º Reportar permanentemente las inasistencias, infracciones, aprovechamiento escolar y retardo de los alumnos a quien corresponda (Trabajo Social y Subdirección).
33º Todo el personal de la escuela tiene la obligación de proporcionar los datos personales que se relacionen con sus plazas, comisiones, preparación (profesional y cultural que vaya adquiriendo), mediante documentos comprobatorios.
34º Todo el personal de la escuela tiene la obligación de velar por la disciplina, aseo, puntualidad, asistencia y responsabilidad en el trabajo, y mediante el ejemplo lograr buenos hábitos en nuestros alumnos.
35º Las disposiciones que surjan posteriormente, sean de autoridades educativas y/o de la Dirección de la escuela, se darán a conocer oportunamente.
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